Gestión de turnos

Pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo en Chile

Si tienes un contrato de trabajo en Chile, tienes derecho a reducir tu jornada laboral gracias al pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo.

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Marcos Lopez

HR Consultant

Si vives en Chile y tienes un contrato de trabajo tienes derecho a contemplar una reducción de jornada de trabajo

28 de septiembre, 2021

De acuerdo al pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo en Chile, los empleadores puedan acordar con sus trabajadores, de manera individual o colectiva, la reducción de hasta la mitad de su jornada de trabajo.

¿Cómo se registra el trámite del pacto de reducción temporal de jornada?

El empleador deberá realizar el trámite en www.dt.gob.cl de la Dirección del Trabajo (DT), para suscribir el pacto con el trabajador u organización sindical. Este documento debe anexarse al contrato de trabajo.

Los requisitos adicionales que deben reunir los empleadores para poder acogerse a los beneficios del pacto son:

  • El empleador con disminución de sus ventas en tres meses consecutivos en más de un 20% deberá otorgar una autorización para que el Servicio de Impuestos Internos remita a la DT.
  • Las empresas que estén en proceso de reorganización y las de menor tamaño que estén en proceso de asesoría económica por insolvencia, la DT solicitará a la Superintendencia de Insolvencia y Re emprendimiento la información necesaria.
  • Las empresas que están exceptuadas en la declaración de la autoridad, pero que necesiten utilizar este pacto para poder mantener sus operaciones o para proteger eficientemente la vida y salud de sus trabajadores deberán realizar una declaración jurada simple ante la DT.
  • Los empleadores domiciliados en Isla de Pascua o Archipiélago Juan Fernández, al momento de firmar deben realizar una declaración jurada simple ante la DT, en la que se indicará su domicilio además de señalar que el trabajador respectivo trabaja en estos territorios.

¿Qué debe contener el documento del pacto de reducción temporal de jornada de trabajo?

  1. Individualización de las partes. Se debe indicar el rol único tributario del empleador, del rol único nacional del trabajador y la información para hacer el pago del complemento a que realizará la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía.
  2. Duración y fecha y entrada en vigencia del pacto.
  3. Promedio de las remuneraciones. Considerar las imponibles fijas y variables devengadas por el trabajador en los últimos tres meses anteriores completos a la disminución de la jornada.
  4. Jornada de trabajo reducida. Indicar cuál es el porcentaje de la reducción y remuneración convenida.
  5. Declaración jurada simple. El empleador deberá cumplir con los requisitos establecidos en el título II de la ley N° 21.227.

¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir los trabajadores para poder suscribirse a este pacto?

  • Que registre diez cotizaciones mensuales continuas o discontinuas, en el Fondo de Cesantía,
  • Trabajadores con contrato de trabajo indefinido.
  • Trabajadores con contrato a plazo fijo, o por una obra, trabajo o servicio determinado (cinco cotizaciones mensuales, continuas o discontinuas).
  • Para acceder a las prestaciones con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, las cotizaciones deberán haberse registrado en los últimos 24 meses anteriores a la fecha de la celebración del pacto respectivo.
  • El trabajador debe registrar las tres últimas cotizaciones continuas con el mismo empleador.
  • Asimismo, podrán acceder aquellos trabajadores que registren un mínimo de seis cotizaciones mensuales continuas o discontinuas durante los últimos doce meses, siempre que las últimas dos sean con el mismo empleador.

La remuneración que el trabajador tendrá derecho a recibir se calculará de acuerdo al promedio de las remuneraciones imponibles devengadas en los últimos tres meses inmediatamente anteriores al inicio del pacto.

Existe un límite de duración del pacto de la reducción temporal de jornada de trabajo:

  • Tres meses en caso de trabajadores con contrato a plazo fijo, por obra, faena o servicio.
  • Cinco meses para aquellos trabajadores con contrato indefinido.

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