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Contrato de trabajo por obra o faena: Características y normativa

¿Cuáles son las características del contrato de trabajo por obra o faena en Chile? Te explicamos de manera sencilla qué dice la ley al respecto.

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Isabel García

HR Consultant

Te explicamos cómo debe ser un contrato de trabajo por obra o faena en Chile

27 de septiembre, 2021

El contrato por obra o faena, es otro tipo de contrato de trabajo que existe en Chile y que corresponde a la legislación laboral vigente de acuerdo al Código de Trabajo para los empleados de temporadas por obra o faena.

Es el acuerdo donde un trabajador se obliga con el respectivo empleador a ejecutar una obra material o intelectual específica y determinada, en su inicio y su término. La vigencia del contrato dependerá de la duración de la obra.

Características de un contrato por obra y faena

La estructura de este tipo de contrato es muy similar a la de los otros dos tipos, el contrato fijo y el indefinido.
Se considerará:

  • La indicación de los datos de las partes, tanto de la empresa y su respectivo representante legal y del trabajador.
    Precisa lo más claro posible cuál va a ser la labor que realizará el trabajador y cuándo se entiende que termina, detallando muy bien la tarea.
  • Cuando el trabajador termina su labor el contrato se termina.
  • Señala cuánto se le va a pagar al trabajador por la obra o faena. Puede incluir los detalles de los pagos (50% al inicio de la obra y el otro 50% al final)
  • Cuánto será la jornada y horario de trabajo.
  • En cuántas copias se va a hacer. Normalmente son dos, una para el trabajador y otra para el empleador.
  • Indicar cuándo fue la fecha de la firma del contrato.
  • Firma del trabajador y del representante de la empresa autorizado.

Como existe una obligación recíproca entre una persona que trabaja y un empleador que paga, debe escriturarse y registrarse a través de la página de la Dirección del Trabajo, (www.dt.gob.cl) dentro de los quince días siguientes a su celebración.

¿Cuáles son los aspectos laborales de un contrato por obra o faena?

  • El trabajador tiene derecho a su feriado legal o vacaciones. Cuando el contrato, que pueden ser uno o más mientras dure la obra, sea con el mismo empleador y supere el año de labores.
  • Mismo empleador diferentes obras o faenas. El trabajador podrá laborar para un mismo jefe, pero sus contratos deben ser por distintas obras o faenas, Por ejemplo, se le contrató para pegar piso flotante, terminó y luego se le contrata para pintar paredes, entonces para cada obra merece un contrato.
  • Un trabajador puede ser despedido antes de terminar la obra o faena. Si el trabajador incumple con las condiciones del contrato o porque el empleador demuestre que no cuenta con los recursos para continuar con la obra y deba parar.
  • Pase de contrato a fijo o indefinido. Si la relación laboral o servicios es de carácter permanente y su cese no es predecible de acuerdo a su naturaleza, el contrato debe cambiarse.

¿Qué ley regula el contrato de trabajo por obra o faena?

La ley No 21.122, publicada en el Diario Oficial en noviembre de 2018, modificó el Código del Trabajo en Materia de Contrato de Trabajo por Obra o Faena para brindar protección social a los trabajadores que participan de estas modalidades de trabajo y que no habían sido reconocidos.

El 163 es un artículo que la normativa modificó para que no perjudicar la contratación laboral ni la rentabilidad de las empresas. Consiste en que los contratos por obra o faena que se prolonguen por más de doce meses o más deben transformarse en contrato indefinido.
Si se incumple el trabajador tendrá derecho al pago de indemnización por años de servicio y la empresa recibirá una infracción.


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