Reclutamiento y selección

¿Cómo funciona la jornada parcial alternativa para estudiantes trabajadores?

La jornada parcial alternativa para estudiantes trabajadores es una opción legal establecida para apoyar laboralmente a quienes están estudiando.

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Marcos Lopez

HR Consultant

Te presentamos una alternativa que ofrece el gobierno en Chile para estudiar y trabajar a la vez

24 de septiembre, 2021

La jornada parcial alternativa para estudiantes funciona a través de oportunidades para jóvenes estudiantes de educación superior o de programas de nivelación de estudios, para poder trabajar en una jornada parcial y recibir una remuneración mensual de acuerdo a la legislación laboral vigente.


¿Cómo define la ley a un «estudiante trabajador»?

La Ley que tipifica este tema es la N°. 21.165 que comenzó a regir hace más de un año, a partir del 1 de septiembre de 2019. Esta ley define al estudiante trabajador al que tenga entre 18 y 24 años de edad y esté cursando estudios regulares o en proceso de titulación en una institución de educación superior universitaria, profesional o técnica reconocida por el Estado.

¿En qué consiste la jornada parcial alternativa para estudiantes trabajadores?

El estudiante puede pactar una jornada parcial alternativa y de descanso con el empleador para poder trabajar y estudiar a la vez. El contrato de trabajo se acuerda con la misma normativa que rige la jornada a tiempo parcial.

El alumno debe acreditar su condición de estudiante regular o en proceso de titulación. Esto debe hacerse dentro del plazo legal para la firma del contrato de trabajo que son 15 días desde que comienza a trabajar. La institución educativa debe emitir el certificado para que el empleador pueda anexarlo al contrato de trabajo y conservarse en un registro especial.

¿Cómo son las características de esta jornada?

  • Debe ser continua.
  • Las partes podrán pactar solo una interrupción diaria, en ningún caso podrá afectar el derecho a colación.
  • La interrupción deberá coincidir con el horario académico del estudiante.
  • Se debe justificar anexando el horario de estudios en el contrato de trabajo.
  • Las jornadas de trabajo no podrán exceder de 12 horas diarias incluyendo el trabajo y el estudio.
  • Las horas efectivamente trabajadas no podrán ser mayores a diez horas diarias.
  • Si dejase de estudiar, no se termina el contrato de trabajo.

Además, el empleador está obligado a otorgar permiso al trabajador para rendir sus pruebas. El estudiante trabajador tendrá derecho a un permiso sin goce de remuneración para rendir sus exámenes académicos.
Para tener esta facilidad deberá informar al empleador, por escrito, con al menos siete días corridos de anticipación, la forma en que hará uso del permiso.


El sueldo que reciba el estudiante, con la nueva ley, no se considerará como renta para determinar su condición socioeconómica o la de su grupo familiar para el acceso al Fondo Solidario, becas, crédito fiscal universitario, crédito con garantía del Estado o financiamiento del acceso gratuito a la educación superior.

¿Qué pasa cuando el estudiante toma vacaciones académicas?

Al tomar sus vacaciones, el estudiante puede pactar una jornada laboral diferente, pero deberá conversarlo con el empleador y acordar por escrito cualquiera de estas alternativas:

  1. Mantener la prestación de servicios sin cambios.
  2. Suspender el contrato de trabajo. En este caso, se entenderá vigente la relación laboral, pero suspendida la obligación del trabajador de prestar servicios y la obligación del empleador de pagar cualquier remuneración que aparezca en el contrato de trabajo, salvo aquellas pendientes con anterioridad a la suspensión.
  3. Pactar una jornada de trabajo ordinaria mientras duren las vacaciones escolares.

Los estudiantes que trabajen pueden escoger entre estas dos opciones:

  • Obtener la calidad de cotizantes del régimen de prestaciones de salud, en cuyo caso el empleador deberá pagar las cotizaciones de salud.
  • Mantener la calidad de beneficiario con aporte en la institución de salud previsional en la cual sea carga.

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