Dirección del trabajo

¿Qué ley regula los sindicatos en Chile?

Desde el Código del Trabajo se establecen unas leyes en relación a los sindicatos de trabajo en Chile. Conoce más sobre cómo se conforman en este artículo.

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Marcos Lopez

HR Consultant


26 de julio, 2021

La 19.069 es la ley que dicta las normas sobre los sindicatos en Chile, no sin antes primar el Código de Trabajo, que  en su Libro III, trata sobre las organizaciones sindicales y del delegado personal desde los artículos 212 al 302.

La Dirección del Trabajo es el servicio público encargado de vigilar y administrar el funcionamiento de los organismos sindicales y de conciliación, apegado a esta y otras leyes laborales.

¿Cómo está conformada la Ley 19.069?

El texto legislativo posee 192 artículos, divididos en dos libros y 11 títulos donde se puede leer toda la norma jurídica sobre lo que tiene que ver con las organizaciones sindicales y del delegado del personal (Libro I)  y la negociación colectiva. (Libro II).

Existe también otra ley que regula a los sindicados en Chile llamada la Ley 20.940, bajo el título: «Moderniza el sistema de relaciones laborales», amplía y mejora la negociación colectiva al interior de las empresas para que pueda ser ejercida por más trabajadores, bajo nuevos mecanismos que faciliten los acuerdos con sus empleadores.

¿Cuál es la nueva ley que regula a los sindicatos?

El año pasado se publicó la Ley N°21.235 que suspende temporalmente los procesos electorales en los sindicatos, prorrogando la vigencia de los mandatos de directores y delegados sindicales como medida ante el estado de catástrofe declarado por la pandemia del coronavirus.

Los sindicatos no son un monstruo que quiere hacer huelgas injustificadas y discutir con los empleadores, al contrario, lo que busca es apoyar, respaldar y trabajar junto al empleado para que tenga un trabajo legalmente justo. Funcionan por la decisión libre y voluntaria de los trabajadores de convertirse en socios de las organizaciones sindicales formalmente constituidas en las empresas o instituciones.

Pertenecer a los sindicatos es un derecho

La libertad de asociación y el derecho de los trabajadores a organizarse están consagrados en la Constitución Política de la República de Chile en el artículo 212, y siguientes, del Código del Trabajo. Los artículos recogen la esencia de los convenios pactados entre varios países miembros de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

¿Cuáles son las funciones de los sindicatos en Chile?

En el Artículo 220 del Código de Trabajo menciona las siguientes funciones:

  • Representar a los trabajadores en el ejercicio de los contratos individuales de trabajo.
  • Informar y representar a los asociados sobre las distintas fases del proceso de la negociación colectiva.
  • Velar por el cumplimiento de las normas del trabajo y de seguridad social.
  • Denunciar las infracciones ante la autoridad administrativa o judicial, actuar como parte en los juicios o reclamos que generen la aplicación de multas u otras sanciones.
  • Realizar las actividades contempladas en los estatutos de cada sindicato y que no estén prohibidas por ley.

¿Qué tipos de sindicatos existen?

El Código del Trabajo menciona en el artículo 216 los diferentes tipos de sindicatos en Chile:

  • Sindicatos de empresa: Agrupa a los trabajadores de una misma empresa.
  • Sindicatos interempresas: Son los que agrupan a trabajadores de dos o más empleadores distintos.
  • De trabajadores independientes: Agrupa a los que no dependen de empleador alguno.
  • Sindicatos de trabajadores eventuales o transitorios: Se constituye por trabajadores que realizan labores bajo dependencia o subordinación en periodos cíclicos o intermitentes, por ejemplo, los temporeros en cosechas de frutas.
  • Otros tipos de sindicatos que puedan conformarse si cumplen las condiciones mínimas que dicta la ley.

¿Existen instancias por encima de los sindicatos?
Sí. El Código de Trabajo también reconoce la existencia de las Federaciones y Confederaciones, así como las Centrales Sindicales como instancias por encima de los sindicatos. Estas, están conformadas de la siguiente manera:

  • Una Federación es la unión de tres o más sindicatos.
  • Una Confederación es la unión de tres o más federaciones o de veinte o más sindicatos.
  • La Central Sindical es toda organización nacional de representación de intereses generales de un conglomerado de trabajadores de diversos sectores productivos.

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